El Intercambio de Información entre Administraciones en Materia Tributaria
El Intercambio de Información entre Administraciones en Materia Tributaria
Evolución, Instrumentos y Estándares de Intercambio de Información
Ester Machaconses Garcia
El presente libro tiene por objeto el análisis del marco jurídico actual del intercambio de información internacional entre Administraciones tributarias. Es un tema de gran actualidad por su trascendencia en el plano recaudatorio, jurídico y práctico. En el período 2010-2017, el intercambio de información entre Administraciones tributarias en materia fiscal se erige en el para...
El presente libro tiene por objeto el análisis del marco jurídico actual del intercambio de información internacional entre Administraciones tributarias. Es un tema de gran actualidad por su trascendencia en el plano recaudatorio, jurídico y práctico.
En el período 2010-2017, el intercambio de información entre Administraciones tributarias en materia fiscal se erige en el paradigma de la fiscalidad internacional a la luz de la evolución sorpresiva del marco normativo que se ha gestado en estos años.
De hecho, el marco jurídico actual se caracteriza por un magma normativo sin precedentes. Además, de acuerdo al contenido de estos instrumentos se implanta con carácter general la modalidad del intercambio automático de información, modalidad que hasta 2010 estaba más cercana a la utopía normativa que a la realidad. Los estándares de intercambio automático de información son diversos: información bancaria, los tax rulings de los EEMM, el informe país por país de las multinacionales, o información de datos no financieros en el ámbito comunitario. En la implantación de estos estándares participan numerosas jurisdicciones. En particular, el estándar de intercambio automático de información bancaria y del informe país por país de las multinacionales se está asumiendo a nivel global, y los otros dos estándares a nivel comunitario. La finalidad de todos ellos es, por un lado, tener conocimiento de la riqueza de los contribuyentes en el extranjero, de manera que sea efectiva la lucha contra el fraude y la evasión fiscal y, por otro lado, hacer más justo el gravamen efectivo del impuesto sobre sociedades soportado por las grandes multinacionales, o dicho de otra forma, combatir la planificación fiscal agresiva de las mismas con medidas que eviten la erosión de la base imponible y la deslocalización de los beneficios societarios a territorios de baja o nula tributación.
2017 y 2018 es la línea de salida en la que comienza a ponerse en práctica el intercambio automático de información del estándar global de información financiera, del estándar global del informe país por país y del estándar comunitario de los tax rulings.
España es uno de los alumnos aventajados en esta materia. Por un lado, ha suscrito todos los instrumentos de cooperación actuales y ya ha aprobado el modelo de suministro general de información para las entidades financieras (modelo 289), en cumplimiento del CRS de la OCDE para suministrar la información a partir de 2017, y el modelo de suministro general de información para las multinacionales cuya matriz es residente en España (modelo 231), para poder ceder automática esta información al resto de jurisdicciones implicadas. Por otro lado, como receptora de la información, desde 2017 España va a contar con un gran contenedor big data a la vista de la gran cantidad de jurisdicciones que suministran desde 2017 información a España de forma automática, regular y en masa. Además, no hay que olvidar los instrumentos jurídicos unilaterales que España ya ha puesto en marcha para obtener información sobre las rentas en el extranjero, como el modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) o el modelo 750 (declaración tributaria especial, introducida por la disposición adicional primera del RD-Ley 12/2012, de 30 de marzo, para el período en el que se aplicó la amnistía fiscal de 2012). El cruce entre los datos de las declaraciones internas, tanto informativas como pecuniarias (impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre la renta de las personas físicas?), con los datos obtenidos en el marco de la asistencia mutua tendrá una repercusión importante en el descubrimiento de rentas ocultas en el extranjero. La agencia tributaria conocerá, incluso antes de que se inicie el período voluntario de presentación de declaraciones, todo o casi todo el patrimonio de muchos contribuyentes españoles.
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En el período 2010-2017, el intercambio de información entre Administraciones tributarias en materia fiscal se erige en el paradigma de la fiscalidad internacional a la luz de la evolución sorpresiva del marco normativo que se ha gestado en estos años.
De hecho, el marco jurídico actual se caracteriza por un magma normativo sin precedentes. Además, de acuerdo al contenido de estos instrumentos se implanta con carácter general la modalidad del intercambio automático de información, modalidad que hasta 2010 estaba más cercana a la utopía normativa que a la realidad. Los estándares de intercambio automático de información son diversos: información bancaria, los tax rulings de los EEMM, el informe país por país de las multinacionales, o información de datos no financieros en el ámbito comunitario. En la implantación de estos estándares participan numerosas jurisdicciones. En particular, el estándar de intercambio automático de información bancaria y del informe país por país de las multinacionales se está asumiendo a nivel global, y los otros dos estándares a nivel comunitario. La finalidad de todos ellos es, por un lado, tener conocimiento de la riqueza de los contribuyentes en el extranjero, de manera que sea efectiva la lucha contra el fraude y la evasión fiscal y, por otro lado, hacer más justo el gravamen efectivo del impuesto sobre sociedades soportado por las grandes multinacionales, o dicho de otra forma, combatir la planificación fiscal agresiva de las mismas con medidas que eviten la erosión de la base imponible y la deslocalización de los beneficios societarios a territorios de baja o nula tributación.
2017 y 2018 es la línea de salida en la que comienza a ponerse en práctica el intercambio automático de información del estándar global de información financiera, del estándar global del informe país por país y del estándar comunitario de los tax rulings.
España es uno de los alumnos aventajados en esta materia. Por un lado, ha suscrito todos los instrumentos de cooperación actuales y ya ha aprobado el modelo de suministro general de información para las entidades financieras (modelo 289), en cumplimiento del CRS de la OCDE para suministrar la información a partir de 2017, y el modelo de suministro general de información para las multinacionales cuya matriz es residente en España (modelo 231), para poder ceder automática esta información al resto de jurisdicciones implicadas. Por otro lado, como receptora de la información, desde 2017 España va a contar con un gran contenedor big data a la vista de la gran cantidad de jurisdicciones que suministran desde 2017 información a España de forma automática, regular y en masa. Además, no hay que olvidar los instrumentos jurídicos unilaterales que España ya ha puesto en marcha para obtener información sobre las rentas en el extranjero, como el modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) o el modelo 750 (declaración tributaria especial, introducida por la disposición adicional primera del RD-Ley 12/2012, de 30 de marzo, para el período en el que se aplicó la amnistía fiscal de 2012). El cruce entre los datos de las declaraciones internas, tanto informativas como pecuniarias (impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre la renta de las personas físicas?), con los datos obtenidos en el marco de la asistencia mutua tendrá una repercusión importante en el descubrimiento de rentas ocultas en el extranjero. La agencia tributaria conocerá, incluso antes de que se inicie el período voluntario de presentación de declaraciones, todo o casi todo el patrimonio de muchos contribuyentes españoles. https://www.troa.es/imagenes/9788480/978848008403.webp28.5030.005.001.5InStockhttps://www.troa.es/imagenes/9788480/978848008403.webp1633856162151816235511632147161422816215291625128160958416106561601248
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