LA ARMONIZACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE COMÚN CONSOLIDADA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIED

LA ARMONIZACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE COMÚN CONSOLIDADA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIED

SOBRE SOCIEDADES Y SU INICIDENCIA EN EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑO

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El 16/03/2011 la Comisión Europea aprobó la Propuesta de Directiva del Consejo (COM (2011) 121 final) relativa a una base imponible consolidada común del Impuesto sobre Sociedades (BICCIS), con el objetivo de superar los principales obstáculos al crecimiento en el mercado único derivados de la falta de armonización de la normativa del impuesto sobre sociedades que obliga a las empresas a afrontar importantes costes de cumplimiento derivados de la coexistencia de veintiocho sistemas normativos diferentes.
La gran ventaja para los grupos de empresas consistiría en aplicar un único conjunto de normas fiscales en toda la Unión y tratar con una sola Administración Tributaria (ventanilla única); por ello, a la ventaja de la compensación de las pérdidas transnacionales se añadiría la de la reducción de los costes de cumplimentación del impuesto sobre sociedades y la eliminación de los precios de transferencia en operaciones intragrupo, por efecto de la consolidación contable.
El carácter facultativo con el que se concibió la aplicación de este régimen y las pérdidas recaudatorias que su aprobación podría acarrear han dificultado la aprobación global del proyecto, por lo que la Comisión de la Unión Europea ha avanzado su intención de avanzar paso a paso, siendo el primero de ellos el de establecer unas reglas comunes para hacer frente a la planificación fiscal agresiva.
En el presente trabajo se analiza con detalle la Propuesta presentada por la Comisión así como las circunstancias que han concurrido en el proceso de su elaboración y obligado a redefinir las prioridades del proyecto comunitario.

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